Para que un hogar quede registrado en la base del Sisbén es necesario que una persona mayor de 18 años y que viva permanentemente en el hogar, presente la solicitud ante la oficina del Sisbén del municipio. En tal sentido, el decreto 1082 de 2015, modificado por el decreto 441 de 2017, en su artículo 2.2.8.3.1. Inclusión en el Sisbén, establece:
'Cualquier persona natural puede solicitar su inclusión en el Sisbén ante la entidad territorial en el cual resida. Para el efecto, la entidad territorial aplicará la ficha de clasificación socioeconómica en la dirección de residencia habitual del solicitante, quien suministrará la información requerida para el diligenciamiento de la totalidad de las variables de esta, con el fin de realizar una correcta identificación y caracterización. El suministro de la información se hará bajo la gravedad de juramento y la información será utilizada para orientar las políticas sociales del gobierno'.
Los pasos por seguir para la solicitud de aplicación de encuesta son los siguientes:
- Diligenciar la solicitud de la aplicación de la encuesta ante la administración del Sisbén de tu municipio
- La solicitud debe quedar registrada en el sistema.
- La oficina de Sisbén del municipio visitará tu lugar de residencia para llevar a cabo la encuesta.
Consideraciones al momento de realizar la solicitud:
- Es indispensable que el solicitante presente su documento de identidad y el de todos los miembros de su hogar; las personas que no tengan documento de identidad o no tengan documento correspondiente a su edad no podrán quedar registradas en la solicitud ni en la encuesta.
- Las copias de la solicitud deben firmarse y se deben conservar para cualquier reclamación ante la administración del Sisbén del municipio o para verificar la veracidad de la información por parte de Organismos de Control (Personería municipal o Distrital).
- Si en la vivienda hay más de un hogar, en la solicitud se relacionan únicamente las personas del primer hogar. Las personas de los otros hogares se registran directamente al momento de realizar la encuesta en la vivienda.
Consideraciones al momento en que se realiza la encuesta:
- La encuesta Sisbén debe hacerse en la vivienda donde reside la persona.
- La encuesta debe ser respondida por una persona mayor de 18 años y que viva permanentemente en el hogar, preferiblemente el jefe de hogar y debe conocer la información de todas las personas que hacen parte de él
- En la encuesta deben quedar relacionados los nombres, apellidos y tipo y número de documento de identidad tal como están registrados en los documentos de identidad que fueron presentados en la solicitud de aplicación de encuesta
- Todas las personas que conforman el hogar deben quedar registradas con el parentesco que se tiene con respecto al jefe del hogar y deben residir permanentemente en la vivienda
- En la medida que se aplica la encuesta, la persona que responde debe verificar la información registrada por el encuestador; una vez terminada la encuesta el informante debe firmar
Información adicional:
- La encuesta tiene una duración promedio de 30 minutos
- Una vez registrada la solicitud, el tiempo que tarda la programación de la visita al hogar dependerá de la alcaldía
- Una vez realizada la encuesta, el tiempo que tarda la publicación de esta información es de máximo 6 días luego de enviada la información al DNP por parte de la alcaldía
- La encuesta Sisbén es gratuita